En Antofagasta
se tramita la querella criminal (18 páginas) presentada en diciembre pasado, fundada en el
incumplimiento de medidas y protocolos básicos de seguridad laboral por la
empresa contratista y la mandante.
La querella
compromete a Cauchos Industriales S.A. y a Minera Escondida Ltda.
Asimismo,
se está colaborando con la Fiscalía.
Hay
homicidio culposo; la parte empresarial (las dos empresas) debió haber
implementado condiciones de seguridad, y haberlas hecho cumplir; y no lo hizo.
Ello es
responsabilidad de la parte patronal. El artículo 184 del Código del Trabajo es
muy claro: “El empleador estará obligado
a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud
de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las
condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los
implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.”.
Rudy no
murió por la casualidad ni por su falta de cuidado.
Como era de
esperar, siendo empresas poderosas, se ha procurado echar tierra, ocultar, encubrir, sobornar o comprar personas.
Incluso,
elaboraron un video de contenido fraudulento; a ese grado están viéndose obligados
a reaccionar frente a la actividad que la parte de Rudy está desarrollando.